UNIVERSIDAD
AUTONÓMA DE DURANGO
CAMPUS
ZACATECAS
“VIOLENCIA
SEXUAL”
MAESTRÍA
EN CIENCIAS FORENSES Y VICTIMOLOGÍA
ALUMNA:
MARÍA MAGDALENA GARCÍA RAYGOZA
PRIMER
SEMESTRE.
CUARTA
GENERACION.
ZACATECAS,
ZACATECAS, AGOSTO 2014
RESUMEN
La
violencia sexual en su modalidad de violación, constituye una
conducta criminal
que
afecta física, psíquica, moral y emocionalmente a las víctimas
directas e indirectas, así como a la sociedad en general. El daño
deriva entre otros, de coartar la libertad sexual, afectar la
dignidad, el derecho a elegir pareja y de procreación. Además
atenta contra la integridad física y psíquica, los valores y
creencias de las personas.
Si bien
es cierto que la violación sexual se puede ejercer contra cualquier
ser humano sin distinción de sexo, también lo es que la mayoría de
las víctimas son mujeres de cualquier edad.
La
violación sexual además de ser un delito, también es un problema
de salud pública que debe ser resuelta multidisciplinariamente por
el área médica, jurídica, psicológica, psiquiátrica y
sociológica principalmente; su atención requiere un abordaje a
corto y largo plazo.
PALABRAS
CLAVE: VIOLACIÓN SEXUAL, VIOLACIÓN, CONDUCTA CRIMINAL
ABSTACT
Sexual
violence in the form of rape, is a criminal conduct
affecting physical, mental, moral and emotionally direct and indirect victims and society in general. The damage stems inter alia, restricting sexual freedom, affect the dignity, the right to choose their partner and procreation. Also threatens the physical and mental integrity, values and beliefs of people.
While it is true that rape can be exercised against any human being without distinction of sex, so is that the majority of victims are women of all ages.
Sexual violation in addition to being a crime, is also a public health problem that must be resolved by a multidisciplinary medical, legal, psychological, psychiatric and sociological mainly area; approach requires attention to short and long term.
affecting physical, mental, moral and emotionally direct and indirect victims and society in general. The damage stems inter alia, restricting sexual freedom, affect the dignity, the right to choose their partner and procreation. Also threatens the physical and mental integrity, values and beliefs of people.
While it is true that rape can be exercised against any human being without distinction of sex, so is that the majority of victims are women of all ages.
Sexual violation in addition to being a crime, is also a public health problem that must be resolved by a multidisciplinary medical, legal, psychological, psychiatric and sociological mainly area; approach requires attention to short and long term.
Key
words: sexual violation, rape, criminal behavior.
INTRODUCCION
La
violación es una modalidad de la violencia sexual que abarca otras
conductas consideradas como delitos tales como el estupor,
hostigamiento, abuso sexual, incesto, trata por explotación sexual,
prostitución obligada y exposición indeseada a la pornografía por
mencionar algunas de las formas que atentan contra la voluntad de la
víctima.
No
obstante, en el campo victimológico la violación constituye “un
delito violento, antes que un delito sexual, en tanto se activa por
un radical impulso hostil y destructivo más que por una originaria
pulsión sexual”.
La
violencia sexual no es exclusiva de género, sexo, edad o condición
socioeconómica de las personas receptoras de violencia. No obstante
en nuestro país la violencia de pareja y la dirigida hacia las
mujeres, sí es un factor preponderante que determina la violencia
sexual entendiendo como tal a las situaciones de violencia emocional,
económica, física y sexual vividas por las mujeres a lo largo de su
relación de pareja, que el hombre ejerce sobre la mujer.
Las
implicaciones de la violencia sexual, están relacionadas
directamente con la negación del sujeto pasivo o víctima directa
del delito, a disponer libremente de su cuerpo coartando con ello, la
libertad sexual inherente a toda persona por el solo hecho de serlo.
Por tal razón esa garantía es el bien jurídico tutelado por el
tipo penal de la violación. Genéricamente, se puede definir a la
violación como la conducta que despliega el victimario sexual para
imponer cópula y/o penetración no deseada a otra u otras personas
por medio del uso de la fuerza física o sin ella, o con violencia
moral.
Es un
acto que también puede ser sádico por medio de la cual la conducta
revela que la satisfacción ha sido producida por la experiencia de
la agresión violenta o sádica sobre el cuerpo de la víctima que
por la significación genital de la conducta. A continuación se
enuncian los dos elementos indispensables del delito de violación:
a)
Existencia de la cópula o introducción de algún elemento o
instrumento distinto al miembro viril masculino; con persona de
cualquier sexo.
b) Que
la cópula o penetración se efectúe sin el consentimiento de la
persona sobre la cual recae la conducta delictiva, es decir, que para
su comisión es indispensable medie el uso de violencia física y/o
moral, o bien, que no tenga capacidad para comprender el hecho.
Objetivos
- Objetivo General
De
acuerdo a estándares internacionales de derechos humanos, en los que
prevalezcan los principios de interés superior de las víctimas, dar
un enfoque de género, trato digno, confidencialidad, no
revictimización y profesionalismo en el abordaje y atención
integral, para la recuperación de las víctimas de violación
sexual.
- Objetivos Específicos
Orientar
la actuación médica indispensable para atender los posibles daños
a la salud física de las víctimas de la violación sexual; informar
a la víctima sobre los métodos anticonceptivos disponibles, así
como para preservar, en la medida de lo posible, los indicios y
evidencias forenses del ilícito.
Brindar
atención psicológica y acompañamiento emocional en situación de
crisis, estrés postraumático y resiliencia para la estabilización
y recuperación de la salud mental de las víctimas de violación
sexual.
Proporcionar
orientación jurídica tendiente a la obtención de la reparación
del daño así como para sancionar al agresor y combatir la
impunidad, así como asistir y acompañar a la víctima en las
actuaciones ministeriales y jurisdiccionales, incluidas aquellas
medidas cautelares necesarias para proteger su integridad física y
psíquica.
Analizar
las condiciones sociales e individuales que puedan servir para que el
personal encargado de asistir a las víctimas de violación sexual,
cuente con los elementos necesarios para una correcta atención.
Desarrollo
En
nuestro país, la violación es un delito grave porque atenta contra
la libertad sexual, altera la tranquilidad psíquica, la libertad
personal, la integridad corporal de las personas quienes son
receptoras de esta clase de violencia sexual pero además, con la
comisión de la violación, se pone en peligro la vida de quien la
sufre.
Esta
clase de violencia sexual implica una conducta antisocial que
despliega el sujeto activo del delito que infunde a la víctima
directa y al ofendido, un detrimento físico y moral grave y cuyos
efectos perduran años, por tales motivos la comisión de este delito
atenta contra los derechos fundamentales del ser humano.
En la
legislación mexicana este delito es definido por Código Penal
Federal el cual establece:
“Al
que por medio de la violencia física o moral realice cópula con
persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a catorce
años.
“Para
los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la
introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía
vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.
“Se
considerará también como violación y se sancionará con prisión
de ocho a catorce años, al que introduzca por vía vaginal o anal
cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio
de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del
ofendido”.
El
ilícito de violación es doloso, debido a que para su ejecución se
requiere de la plena voluntad del agente.
La
violación en sí misma es una conducta típica que implica varias
acciones para la realización de la cópula o introducción de
cualquier elemento por medio de la violencia física o moral. Sus
modalidades varían según el agresor y las circunstancias
particulares de cada caso.
Violación
típica es la descrita por el Código Penal Federal la cual es la
penetración oral, anal y/o vaginal o la introducción de cualquier
elemento por vía vaginal o anal o instrumento distinto al miembro
viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el
sexo de la víctima.
Violación
tumultuaria o agraviada, que se denomina de esta forma en virtud de
que victimario o sujeto activo se encuentra en una mejor posibilidad
de efectuar su conducta delictuosa. En este tipo de violación, la
intervención de dos o más personas implica una menor defensa de la
persona quien resiente la acción violenta, es decir, el agresor (a)
infunde miedo a la víctima directa a modo de disminuir su reacción
para repeler el ataque sexual.
Violación
equiparada. Este tipo prevé la cópula con persona incapacitada para
resistir física o psíquicamente el acto, por razones de
padecimientos físicos o mentales, edad u otras condiciones o
situaciones de indefensión. En cuanto a la cópula se entiende en un
sentido lato, es decir, por cualquier vía, idónea o no, y sin
importar el sexo del victimario y víctima.
Bibliografía
Código
penal del Estado de Zacatecas
Hernández
López, Aarón y otros, El
delito de violación,
Editorial Porrúa, México, 2003.
Marín
López, Paola y Lorente Acosta, Miguel (coordinadores), La
valoración del daño en las víctimas de la violencia de género,
Consejo General del Poder Judicial, Madrid, España, 2008.
Olamendi
Torres, Patricia, El
Cuerpo del Delito.
Los derechos humanos
de las mujeres,
Editorial Porrúa, México, 2006.
Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
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